El Tribunal Constitucional dijo que llamar a la gente por sus apodos en los juicios penales es un lío porque "vulnera la presunción de inocencia". Prohibieron al Ministerio Público usar sobrenombres en los casos, diciendo que eso es solo para "estrategias secretas de investigación y organización de los equipos de trabajo, para evitar filtraciones de información". O sea, eso es confidencial y no es pa' que lo sepa to’el mundo cuando el caso ya está en marcha.
El Tribunal dijo que si se vincula un apodo con un lío delictivo sin haber explicado antes cómo se usan, se está haciendo un tollo con las buenas prácticas de investigación. En vez de mantener el proceso en secreto, le están dando a entender a la gente de qué va la cosa.
Prohibieron que los investigadores usen apodos públicamente porque eso afecta los derechos de la gente, como la dignidad, el buen nombre y la presunción de inocencia. El Tribunal dijo: "El uso indiscriminado de motes vulnera la presunción de inocencia y el principio del juez imparcial, induciendo al juez y al público a determinar la culpabilidad sin juicio previo ni condenación que refrende las imputaciones".
Esto vino por un recurso de inconstitucionalidad que metió Jean Alain Rodríguez, el exprocurador acusado de corrupción, cuyo caso el Ministerio Público había llamado Medusa.
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