El abogao Julio Cury dijo que ese decreto es una "subversión del orden constitucional". El Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN) salió a defender el Decreto 213-25, que dice que hay una emergencia sanitaria por la basura acumulada y permite hacer contrataciones directas. Según ellos, esto no les quita autonomía, más bien los ayuda con una situación que pone en peligro la salud de la gente.
En un comunicado del Departamento Jurídico del ADN, dijeron que "la autonomía municipal no significa aislamiento institucional ni independencia absoluta del marco legal nacional". O sea, que ser autónomo no es estar solo en el mundo ni hacer lo que uno quiera fuera de las leyes del país.
Dicen que el artículo 61 de la Constitución dice que la salud es un derecho fundamental y que el Estado, en todas sus partes, tiene que tomar medidas urgentes cuando la salud de la gente está en peligro, como pasa ahora con la basura en el Distrito Nacional.
El ayuntamiento dice que "el Decreto núm. 213-25 no impone ni subordina al Ayuntamiento al Poder Ejecutivo", sino que reconoce que hay una emergencia sanitaria y le da permiso al propio Ayuntamiento para actuar según la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23, que permiten contrataciones directas cuando hay peligro inminente para la salud y la vida.
También dicen que la Ley núm. 340-06 no hace diferencia entre entidades descentralizadas o centralizadas para usar los procedimientos de excepción. Cualquier entidad del Sistema Nacional de Compras Públicas, incluyendo los gobiernos locales, puede usar las excepciones cuando hay condiciones objetivas, declaradas mediante decreto y explicadas bien, como es este caso.
"Lejos de vulnerar la autonomía, el decreto reconoce la competencia del Ayuntamiento para actuar y le da el permiso legal para garantizar la continuidad de un servicio esencial. Ignorar esa declaratoria, o actuar al margen de ella, sí sería una falta grave al deber de garantizar el derecho a la salud", dicen.
Por su parte, el abogado Julio Cury dice que el decreto es una "subversión del orden constitucional". Según él, "el Ayuntamiento no está subordinado jerárquicamente al presidente, y su autonomía le confiere la potestad de declarar sus propias emergencias mediante resolución".
Agregó que, en casos de urgencia y emergencia, el art. 6, numeral 3, de la Ley núm. 340-06 dice que los organismos de la Administración Central se acogerán a la declaratoria del presidente, pero que en cuanto a los entes locales, esa declaratoria le toca a su máxima autoridad ejecutiva mediante resolución.
Cury piensa que el decreto núm. 213-25 subvierte el orden constitucional y le da la espalda a la doctrina que ha reiterado el Tribunal Constitucional sobre la autonomía de los municipios. "Lo que haga el Ayuntamiento del Distrito Nacional con base en ese decreto, pudiera tener consecuencias judiciales, porque las políticas y objetivos de cada ayuntamiento deben ser ejecutadas con independencia de toda autoridad, incluida la Presidencia de la República", señaló.
Ver todo